TITULO
XXVIII
DEL
REGLAMENTO DE PLAGUICIDAS Y PRODUCTOS AFINES DE
USO AGRICOLA
CAPITULO
II
Art.
4.- Los requisitos técnicos para obtener
el registro unificado, tanto para plaguicidas
como productos de uso veterinario se describen
a continuación:
I.
REQUISITOS TECNICOS PARA EL REGISTRO Y
EVALUACION DE PLAGUICIDAS EN ASPECTOS AGRONOMICOS,
DE SALUD Y AMBIENTALES.
A.
DEL INGREDIENTE ACTIVO
1.
IDENTIDAD
1.1 Solicitante
1.2 Fabricante y país de origen
1.3 Nombre común: Aceptado por ISO, o equivalente
1.4 Sinónimos
1.5 Nombre químico: Aceptado por ISO o equivalente
1.6 Número de código experimental asignado por
el fabricante (cuando corresponda)
1.7 Fórmula empírica
1.8 Fórmula estructural
1.9 Grupo químico
1.10 Grado de pureza (de acuerdo con el origen)
1.11 Isómeros (identificarlos)
1.12 Impurezas (identificarlas)
1.13 Aditivos (ej: estabilizantes) (identificarlos)
2.
PROPIEDADES FÍSICAS Y QUÍMICAS
2.1 Aspecto
2.1.1 Estado físico
2.1.2 Color
2.1.3 Olor
2.2 Punto de fusión
2.3 Punto de ebullición
2.4 Densidad
2.5 Presión de vapor
2.6 Espectro de absorción
2.7 Solubilidad en agua
2.8 Solubilidad en solventes orgánicos
2.9 Coeficiente de partición en n - octanol/agua
2.10 Punto de ignición
2.11 Tensión superficial
2.12 Propiedades explosivas
2.13 Propiedades oxidantes
2.14 Reactividad con el material de envases
2.15 Viscosidad
2.16 Contenido mínimo y máximo del ingrediente
activo expresados en p/p o p/v con tolerancia
+ - 3%.
3.
ASPECTOS RELACIONADOS A SU UTILIDAD
3.1Modo de acción
Efecto sobre los organismos - plagas (ej. tóxico
por inhalación, contacto, sistémico u otras formas)
3.2Organismos nocivos controlados
3.3Modo de acción sobre las plagas
3.4 Ámbito de aplicación previsto (ej. campo,
invernadero u otros)
3.5 Condiciones fitosanitarias y ambientales
para ser usado
3.6 Resistencia (información sobre desarrollo
de resistencia y estrategias de monitoreo).
4.
EFECTOS TÓXICOS EN ESPECIES MAMÍFERAS
4.1 Toxicidad aguda
4.1.1 Oral
4.1.2 Dérmica
4.1.3 Inhalatoria
4.1.4 Irritación cutánea y ocular
4.1.5 Sensibilización
4.2 Toxicidad subcrónica (13 a 90 días)
4.2.1 Oral acumulativa
4.2.2 Administración oral en roedores y en no
roedores
4.2.3 Otras vías (si procede): inhalación dérmica
4.3 Toxicidad Crónica
4.3.1 Oral a largo plazo (2 años)
4.4 Carcinogenicidad
4.5 Mutagenicidad: (invivo e invitro)
4.6 Compatibilidad toxicológica: Potenciación,
sinergismo, aditividad (para mezclas de principios
activos)
4.7 Efectos sobre la reproducción.
4.7.1 Teratogenicidad
4.7.2 Estudio sobre por lo menos 2 generaciones
en mamíferos
4.8 Metabolismo en mamíferos
4.8.1 Estudios de la administración oral y dérmica
4.8.1.1 Absorción
4.8.1.2 Distribución
4.8.1.3 Excreción
4.8.2 Explicación de las rutas metabólicas
4.9 Información módica obligatoria
4.9.1 Diagnóstico y síntomas de intoxicación
4.9.2 Tratamiento propuesto:
4.9.2.1 Primeros auxilios
4.9.2.2 Tratamiento médico
4.9.2.3 Antídotos
4.10 Estudios adicionales (cuando corresponda)
4.10.1 Estudios de neurotoxicidad
4.10.2 Efectos tóxicos de metabolitos de importancia
toxicológica, procedentes de los vegetales tratados
cuando estos sean diferentes de los identificados
en los estudios sobre animales.
4.10.3 Estudios especiales justificados
4.11 Información médica complementaria disponible
4.11.1 Diagnóstico de intoxicación:
4.11.1.1 Observaciones de casos clínicos accidentales
y deliberados
4.11.1.2 Observaciones provenientes de estudios
epidemiológicos
4.11.1.3 Observaciones sobre alergias
4.12 Biodegradación.
5.
EFECTOS TÓXICOS SOBRE OTRAS ESPECIES
5.1 Efectos sobre las aves
5.1.1 Toxicidad oral aguda en faisán, codorniz,
pato silvestre u otra especie validada
5.1.2 Toxicidad a corto plazo (estudio en una
especie 8 días en faisán, codorniz, pato silvestre
u otra especie validada)
5.1.3 Efectos en la reproducción en faisán, codorniz,
pato silvestre u otra especie validada (cuando
corresponda)
5.1.4 Estudios especiales en animales domésticos
cuando se justifique.
5.2 Efectos sobre organismos acuáticos.
5.2.1 Toxicidad aguda para peces, trucha arco
oris, carpas u otras especies validadas.
5.2.2 Toxicidad crónica para peces, trucha arco
iris, carpas u otras especies validadas.
5.2.3 Efectos en la reproducción y tasa de crecimiento
de peces, trucha arco iris, carpas u otras especies
validadas (cuando corresponda)
5.2.4 Bioacumulación en peces, trucha arco oris,
carpas u otras especies validadas (cuando corresponda)
5.2.5 Toxicidad aguda para Daphnia magna
5.2.6 Estudios crónicos en Daphnia magna
5.2.7 Tasa de reproducción para Daphnia magna
5.2.8 Ritmo de crecimiento para Daphinia magna
5.2.9 Efectos sobre el crecimiento de las algas
Selenastrum capricornutum u otra especie validada.
5.3 Efectos sobre otros organismos distintos
al objetivo
5.3.1 Toxicidad aguda para abejas oral y por contacto
5.3.2 Toxicidad aguda para artrópodos benéficos
(ej. predadores)
5.3.3 Toxicidad para lombrices de tierra, Eisetia
foetida u otra especie validada
5.3.4 Toxicidad para microorganismos del suelo
(nitrificadores)
5.4 Otros estudios
5.4.1 Desarrollo de diseños experimentales de
campo: simulados o reales para el estudio de efectos
específicos (cuando corresponda).
5.5 Biodegradación.
6.
RESIDUOS EN PRODUCTOS TRATADOS
6.1 Identificación de los productos de degradación
y la reacción de metabolitos en plantas o productos
tratados
6.2 Comportamiento de los residuos de la sustancia
activa y sus metabolitos desde la aplicación a
la cosecha, cuando sea relevante. Absorción, distribución
o conjugación con los ingredientes de la planta
y la disipación del producto para el ambiente
6.3 Datos sobre residuos, obtenidos mediante
pruebas controladas.
7.
EFECTOS SOBRE EL MEDIO ABIÓTICO
7.1 Comportamiento en el suelo. Datos para 3
tipos de suelos patrones
7.1.1 Degradación: tasa y vías (hasta 90%) incluida
la identificación de:
7.1.1.1 Procesos que intervienen.
7.1.1.2 Metabolitos y productos de degradación.
7.1.1.3 Absorción y desorción, y mobilidad de
la sustancia activa y si es relevante, de sus
metabolitos.
7.1.2 Magnitud y naturaleza de los residuos remanentes
7.2 Comportamiento en el agua y en el aire
7.2.1 Tasas y vías de degradación en medio acuoso
7.2.2 Hidrólisis y fotólisis (si no fueron especificados
en las propiedades físicas y químicas).
8.
INFORMACION CON RESPECTO A LA SEGURIDAD
8.1 Procedimientos para la destrucción de la
sustancia activa y para la descontaminación
8.2 Posibilidades de recuperación (si se dispone).
8.3 Posibilidades de neutralización.
8.4 Incineración controlada (condiciones)
8.5 Depuración de las aguas
8.6 Métodos recomendados y precauciones de manejo
durante su manipulación, almacenamiento, transporte
y en caso de incendio
8.7 En caso de incendio, productos de reacción
y gases de combustión
8.8 Información sobre equipo de protección individual
9.
MÉTODOS ANALÍTICOS
9.1 Método analítico para la determinación de
la sustancia activa pura (principio activo técnico).
9.2 Métodos analíticos para la determinación
de productos de degradación, isómeros, impurezas
(de importancia toxicilógica y ecotoxicológica)
y de aditivos (ej. estabilizantes).
9.3 Método analítico para la determinación de
residuos en plantas tratadas, productos agrícolas,
alimentos procesados, suelo y agua. Se incluirá
la tasa de recuperación y los límites de sensibilidad
metodológica
9.4 Métodos analíticos para aire, tejidos y flúidos
animales o humanos (cuando disponibles).
B. DEL PRODUCTO TÉCNICO
1.
Nombre y dirección del fabricante.
2. Dirección donde se fábrica.
3. Apariencia: Estado físico, color, olor.
4. Contenido mínimo y máximo del ingrediente
activo (tolerancia + - 3%).
5. Identidad y cantidad de isómeros, impurezas
y otros productos expresados en gramos/kg.
C. DEL PRODUCTO FORMULADO
1.
DESCRIPCIÓN GENERAL
1.1 Nombre y domicilio del solicitante.
1.2 Nombre y domicilio del formulador.
1.3 Nombre (analíticos) comercial (es).
1.4 Nombre (analíticos) de la (analíticos)
sustancia (analíticos) activa (analíticos) y especificaciones
de calidad del item A) 1 y 2, y documento del
fabricante de la misma, autorizándolo a que se
utilice su información en apoyo del Registro del
formulado, cuando sea aplicable.
1.5 Clase de uso a que se destina (Ej. herbicida,
insecticida).
1.6 Tipo de formulación (Ej. polvo mojable, concentrado
emulsionable).
2.
COMPOSICIÓN
2.1 Contenido de sustancia (analíticos) activa
(analíticos), grado técnico, expresado en porcentaje
p/p o p/v. Certificado analítico de composición,
expedido por un laboratorio acreditado.
2.2 Contenido y naturaleza de los demás componentes
incluídos en la formulación. Certificado analítico
de composición, expedido por un laboratorio acreditado
2.3 Método de análisis para determinación del
contenido de sustancia (análisis) activa (análisis).
2.4 En caso de más de un ingrediente activo la
información debe incluir los métodos analíticos
para cada ingrediente activo, en forma separada.
2.5 Contenido de agua (cuando corresponda).
3.
PROPIEDADES FÍSICAS Y QUÍMICAS
3.1 Aspecto
3.1.1 Estado físico
3.1.2 Color
3.1.3 Olor
3.2 Estabilidad en el almacenamiento (respecto
de su composición y a las propiedades físicas
relacionadas con el uso)
3.3 Densidad relativa para líquidos
3.4 Inflamabilidad
3.4.1 Para líquidos, punto de inflamación
3.4.2 Para sólidos, debe aclararse si el producto
es o no inflamable
3.5 Ph
3.6 Explosividad
4.
PROPIEDADES FÍSICAS DEL PRODUCTO FORMULADO
RELACIONADO CON SU USO
4.1 Humedad y humectabilidad (para los polvos
dispersables)
4.2 Persistencia de espuma (para los formulados
que se aplican en el agua).
4.3 Suspensibilidad para los polvos dispersables
y los concentrados en suspensión.
4.4 Análisis granulométricos en húmedo/tenor
de polvo (para los polvos dispersables y los
concentrados en suspensión).
4.5 Análisis granulométrico en seco (para gránulos
y polvos)
4.6 Estabilidad de la emulsión (para los concentrados
emulsionables)
4.7 Corrosividad cuando sea necesario
4.8 Incompatibilidad con otros productos (ej.
fitosanitarios y fertilizantes)
4.9 Densidad a 20 grados C en g/ml (para
formulaciones líquidas)
4.10 Punto de inflamación (aceites y soluciones)
4.11 Viscosidad (para suspensiones y emulsiones)
4.12 Indice de sulfonación (aceites)
4.13 Dispersión (para gránulos dispersables)
4.14 Desprendimiento de gas (solo para gránulos
generadores de gas
4.15 Soltura o fluidez para polvos secos4.16 Indice
de iodo e índice de saponificación (para aceites
vegetales).
5.
DATOS SOBRE APLICACIÓN DEL PRODUCTO
FORMULADO
5.1 Ambito de aplicación
5.2 Efecto sobre plagas y cultivos
5.3 Condiciones en que el producto puede ser
utilizado
5.4 Dosis
5.5 Epoca y frecuencia de aplicación
5.6 Métodos de aplicación
5.7 Instrucciones de uso
5.8 Fecha de reingreso al área tratada (cuando
corresponda)
5.9 Períodos de carencia
5.10 Efectos sobre cultivos sucesivos
5.11 Fitoxicidad
5.12 Usos propuestos y aprobados en otros países
REQUISITOS
PARA EL REINGRESO DE PRODUCTOS DE USO VETERINARIO
A.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE PRODUCTOS FARMACOLÓGICOS
1.
Nombre comercial del producto
2. Clasificación
3.
Establecimiento solicitante
3.1 Nombre
3.2 Domicilio
3.3 Número de Registro Oficial
3.4 Responsable técnico:
3.4.1 Profesión:
3.4.2 Matrícula No.
4.
Establecimiento elaborador
4.1 Nombre
4.2 Domicilio
4.3 Número de Registro Oficial
4.4 Responsable técnico
4.4.1 Profesión
4.4.2 Matrícula No.
5.
Forma farmacéutica.
6.
Fórmula cuali - cuantitativa de principios activos
y componentes del excipiente
Se emplearán las denominaciones comunes recomendadas
por los Organismos Internacionales reconocidos
cuando existan, o en su defecto las denominaciones
comunes usuales o las denominaciones químicas.
Se expresarán los componentes en forma porcentual
p/p, v/v, v/p, p/v, o en U/I. o U con correspondencias
en peso o volumen
7.
Modo de elaboración del producto. Describir resumidamente
el proceso de fabricación
7.1 Para productos en forma de soluciones se
indicará el peso específico de las sustancias
y para aquellas vehiculizadas en agua también
debe indicar el Ph final
7.2 Para productos constituidos por emulsiones,
suspensiones, se indicará la viscosidad y su peso
específico
7.3 Mencionar los controles de estabilidad que
demuestren las condiciones de formulación originales
del producto dentro del plazo de validez declarado
8.
Proyecto de envase, sistema de inviolabilidad
y contenido del mismo
9.
Métodos de control y evaluación
Se indicará y describirá el método empleado en
la evaluación cuali -cuantitativa de los componentes,
de la formulación en el producto terminado. Descripción
de pruebas de eficacia biológica y/o farmacológica
de acuerdo a normas establecidas
9.1 Método Biológico
9.2 Método Microbiológico
9.3 Método Físico
9.4 Método Físico - Químico
10.
Indicaciones de uso
10.1 Principales y/o complementarios
10.2 Para productos antimicrobianos y antiparasitarios
especificar los agentes etiológicos susceptibles
10.3 Especies animales a las que se destina, uso
específico en instalaciones, equipos, etc.
11.
Vía y forma de administración o aplicación.
Parenteral, oral, instalaciones, equipos,
instrumentales u otras
12.
Preparación del producto para su correcto uso.
Premezcla,
soluciones, preemulsiones, suspensiones u otras
13.
Duración máxima de uso después de su reconstitución
o preparación.
14.
Dosificación
14.1 Indicar la o las cantidades del o de los
principios activos expresadas en unidades de peso,
volumen y/o UI por kg. de peso vivo en aplicación
preventiva, o curativa para las diferentes especies
y edades.
14.2 Indicar la o las dosis del producto en aplicación
preventiva, o curativa por peso vivo según especies
y edad.
14.3 Intervalo entre dosis
14.4 Duración del tratamiento
14.5 Margen de seguridad
15.
Farmacocinética del producto - biodisponibilidad
Vías de absorción, distribución y eliminación
de los principios activos y/o sus metabólicos
16.
Farmacodinamia del producto (resumen)
17.
Efectos colaterales posibles (locales y/o generales)
incompatibilidades y antagonismos farmacológicos
17.1 Contraindicaciones y limitaciones de uso
(casos en que su administración puede dar lugar
a efectos nocivos
17.2 Precauciones que deben adaptarse antes, durante o
después de su administración
18.
Intoxicación y sobredosis en los animales.
Síntomas,
conducta de emergencia y antídotos.
19.
Intoxicación en el hombre.
Se indicará tratamiento y antídoto, datos de centros
toxicológicos de referencia, cuando corresponda.
20.
Efectos biológicos no deseados
20.1 Se declarará si el o los componentes activos
en las condiciones indicadas de uso, no producen
efectos adversos como los que a continuación se
mencionan, debiéndose aportar, si existiera, la
bibliografía científica al respecto.
a) Carcinógenos.
b) Teratógenos.
c) Mutagénicos.
d) Resistencia en agentes patógenos.
e) Discrasias sanguíneas.
f) Neurotoxicidad.
g) Hipersensibilidad.
h) Sobre la reproducción.
i) Sobre la flora normal.
j) Otros efectos .
21.
Controles sobre residuos medicamentosos.
21.1 Datos sobre Ingesta Diaria Admisible (IDA)
y Límite Máximo de Residuos (LMR) en carne, leche,
huevos
21.2 Tiempo que debe transcurrir entre el último
día del tratamiento y el sacrificio del animal
para consumo humano (período de retiro)
21.3 Tiempo que debe transcurrir entre el último
día del tratamiento y el destino de la leche,
huevos, y subproductos para consumo humano
21.4 Tratándose de asociaciones medicamentosas,
el tiempo de suspensión que se declare corresponderá
al del principio activo cuyo período de restricción
sea mayor
22.
Precauciones generales
22.1 Indicar la forma adecuada de almacenamiento,
transporte y destrucción del producto, así como
también el método de eliminación de los envases
que constituyan un factor de riesgo para la salud
pública, animal y el medio ambiente.
22.2 Cuando el producto sea para administrarse
en raciones o en el agua de bebida deberá indicarse:
su estabilidad, compatibilidad y/o tiempo de permanencia
eficaz en la mezcla o en la solución
23.
Causas que pueden hacer variar la calidad del
producto
Precipitaciones, disociaciones, disminución o
pérdida de actividad de los principios activos,
frío, calor, luz, pH, humedad, compresión en estibas
o depósitos
24.
Conservación correcta del producto
25.
Vencimiento (período de validez) No. lote.
B.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE PRODUCTOS BIOLÓGICOS
1.
Nombre comercial del producto.
1.1 Indicaciones.
2.
Clasificación (Uso).
3.
Establecimiento solicitante.
3.1 Nombre
3.2 Domicilio
3.3 Número de registro
3.4 Responsable técnico
3.4.1 Profesión
3.4.2 Matrícula No.
4. Establecimiento elaborador
4.1 Nombre
4.2 Domicilio
4.3 Número de registro
4.4 Responsable técnico
4.4.1 Profesión
4.4.2 Matrícula No.
5.
Definición de línea biológica y sus indicaciones
Antígenos
vacunales, sueros terapéuticos, reactivos para
diagnóstico, obtención biotecnológica o de ingeniería
genética
6.
Fórmula componentes, adyuvantes y excipiente
Antígeno, identificación, cantidad/título por
dosis o por ml. para cada una de las cepas; sueros:
concentración en UI; inactivantes; adyuvantes;
conservadores; estabilizadores; emulsificadores
u otras sustancias
7.
Modo de elaboración del biológico
Describir resumidamente el proceso de fabricación
y el origen y caracterización de la cepa y de
las pruebas de control
8.
Forma de presentación
Proyecto del envase, sistema o inviolabilidad
del contenido del mismo.
9.
Controles sobre el biológico terminado
Descripción de las pruebas con su interpretación
9.1 Control de calidad y pureza
a) Pruebas biológicas (indicación de la cepa)
b) Pruebas físico - químicas
9.2 Control de inocuidad
a) Tipo de pruebas y especie
9.3 Control de inactivación o modificación antigénica
a) Forma de inactivación
b) Método de modificación antigénica
9.4 Control de eficacia inmunológica y potencia
a) Tipo de método y especies
9.5 Control de adyuvantes
a) Métodos químicos
b) Métodos físico - químicos
c) Métodos biológicos.
10.
Especies animales a las que se destina.
11.
Dosificación
Indicar la o las cantidades del producto, expresadas
en unidades de volumen y/o UI, animal o peso vivo
(cuando corresponda), en aplicación preventiva
y/o curativa diagnóstico para las diferentes especies,
edades, sexo y categorías. También se deberá especificar
el intervalo entre dosis
12.
Vía de administración y forma de aplicación
Parenteral, oral, dérmica, intradérmica, pulverización
(aerosoles), escarificación, ocular, nasal u otras
13.
Preparación del producto para su uso correcto.
Soluciones, suspensiones u otras
13.1 Para productos administrados en el agua de
bebida se indicará su estabilidad, compatibilidad
y el tiempo de permanencia eficaz en la solución
13.2 Se indicará el tiempo máximo de utilización
después de su preparación o reconstitución
14.
Tiempo necesario para conferir inmunidad y duración
de la misma.
15.
Efectos colaterales (locales y/o generales) posibles,
incompatibilidades y antagonismos
15.1 Contraindicaciones y limitaciones de uso
(casos en que su administración puede dar lugar
a efectos nocivos)
15.2 Precauciones que deben adaptarse antes,
durante o después de su administración
16.
Límite máximo y mínimo de temperatura para su
correcta conservación
17.
Vencimiento (tiempo de validez) No. Lote
18.
Precauciones generales
18.1 Forma de conservación adecuada
18.2 Forma de método de eliminación de los envases
cuando constituyen un factor de riesgo
18.3 Riesgo para la salud pública durante su manipulación
C.
REQUISITOS PARA EL REGISTRO DE ADITIVOS Y ALIMENTOS
1.
Nombre comercial del producto
1.1 Indicaciones.
2.
Clasificación (Uso).
3.
Establecimiento solicitante
3.1
Nombre
3.2 Domicilio
3.3 Número de Registro Oficial
3.4 Responsable técnico
3.4.1 Profesión
3.4.2 Matrícula No.
4.
Establecimiento elaborador
4.1 Nombre
4.2 Domicilio
4.3 Número de Registro Oficial
4.4 Responsable técnico
4.4.1 Profesión
4.4.2 Matrícula No.
5.
Descripción del aditivo y/o el alimento y sus
componentes
5.1 Fórmula balanceada con especificaciones nutricionales
del alimento y/o aditivo.
5.2 Indicación porcentual y grado mínimo de pureza
de cada uno de los principios activos incluídos
en la formulación.
6.
Modo de elaboración del producto
Describir en forma resumida.
7.
Método de control
7.1 Método Biológico
7.2 Método Microbiológico
7.3 Método Químico
7.4 Método Físico
7.5 Método Físico - Químico
Que se efectuará sobre el producto terminado para
verificar el contenido cuali - cuantitativo de
los principios activos, con indicación de las
técnicas utilizadas.
Descripción de pruebas de eficacias biológicas
y farmacológicas.
8.
Presentación
Proyecto del envase, sistema de inviolabilidad
y contenido del mismo
9.
Indicaciones de uso.
Especies animales a las que se destina especificando
las categorías, por ejemplo: pollos para engorde,
gallinas ponedoras, bovinos de leche, terneros,
lechones, cerdos adultos
10.
Dosificación
10.1 Indicar la cantidad de alimento necesario
por especie y tipo de animal según los requerimientos
10.2 Indicar la o las cantidades del o de los
principios activos, expresadas en unidades de
peso, volumen y/o UI por kg. de peso vivo, en
aplicación para las diferentes especies y categorías
11.
Biodisponibilidad del aditivo
Vías de absorción, distribución, eliminación de
los principios activos y/o metabólicos
12.
Efectos colaterales posibles, incompatibilidad
y antagonismos
12.1 Contraindicaciones y limitaciones de uso
(casos en que su administración puede dar lugar
a efectos nocivos)
12.2 Precauciones que deben adoptarse antes, durante
o después de su administración.
13.
Intoxicación y sobredosis en los animales Síntomas,
conducta de emergencia y antídotos
14.
Efectos biológicos no deseados
14.1 Se declarará si el o los componentes aditivos
en las condiciones indicadas de uso, no producen
efectos adversos como los que a continuación se
mencionan, debiéndose aportar, si existiera, la
bibliografía científica al respecto
a) Carcinógenos
b) Teratógenos
c) Mutágenos
d) Resistencia en agentes patógenos
e) Discrasias sanguíneas
f) Neurotoxicidad
g) Hipersensibilidad
h) Sobre la producción
i) Sobre la flora normal
j) Otros efectos
15.
Controles sobre residuos de medicamentos
15.1 Datos sobre Ingesta Diaria y Admisible (IDA)
y Límite Máximo de Residuos (LMR) en carne, leche,
huevo
15.2 Tiempo que debe transcurrir entre el último
día del tratamiento y el sacrificio del animal
para consumo humano
15.3 Tiempo que debe transcurrir entre el último
día del tratamiento y el destino de la leche,
huevos, miel y subproductos para consumo humano.
15.4 Tratándose de asociaciones de aditivos el
tiempo de suspensión que se declare, corresponderá
al del principio activo cuyo período de restricción
sea mayor
16.
Precauciones generales
Indicar la forma adecuada de almacenamiento, transporte
y destrucción del producto, así como también el
método de eliminación de los envases que constituyan
un factor de riesgo para la salud pública, animal
y el medio ambiente
17.
Causas que pueden hacer variar la calidad del
producto
Precipitaciones, disociaciones, disminución o
pérdida de actividad de los principios activos,
frío, calor, luz, pH, humedad, compresión en estibas
o depósitos
18.
Conservación correcta del producto
19.
Vencimiento (Período de validez) No. Lote.
Art. 5.- Las formulaciones
deberán ser claras, específicas y relacionadas
con la calidad y cantidad de los componentes,
sea de naturaleza química o biológica, mixta
o biotecnológica y debe precisar:
a) La fórmula completa con todos los componentes
especificados a través de sus nombres técnicos,
incluyendo los genéricos, expresando las cantidades
en el sistema métrico decimal o por unidades indicadas,
en el idioma español.
b) Se incluirá en la descripción de la formulación
las citas textuales de las farmacopeas de referencia.
Art. 6.- Las pruebas y controles
de eficacia farmacológica deberán ser presentadas
cubriendo aspectos experimentales y estadísticos
que satisfagan la representatividad y confiabilidad
de los resultados. Para ello deberán incluir
grupos representativos de pruebas, con controles,
testigos o placebos que den un margen científicamente
aceptable para la interpretación y obtención
de conclusiones confiables. Estos requisitos
pueden apoyarse en referencias e informaciones
científicas confiables y documentadas térmicamente.
Art. 7.- En el caso de
los productos inyectables se deberán presentar
las técnicas de control de esterilidad, inocuidad
y libre de pirógenos, de acuerdo con la vía
de aplicación de los mismos.
Art. 8.- Los productos biológicos
deberán presentar pruebas que satisfagan los
controles de esterilidad, pureza, inocuidad, eficacia,
estabilidad y determinación de potencia así como
otras complementadas con pruebas químicas, físico
- químicas y biológicas que aseguren que cumplen
con las especificaciones que correspondan para
cada tipo y característica del producto, de
acuerdo a normas internacionales.
Art. 9.- Los alimentos
que contengan sustancias activas destinadas
a la protección, promoción del crecimiento
y del estado fisiológico de las diferentes
especies animales así como aquellos compuestos
que perfeccionen, complementen, mejoren la estabilidad
y apariencia de los alimentos serán considerados
dentro de este reglamento.
En el formulario de registro correspondiente,
así como en el expediente de registro (Dossier)
deberán satisfacerse iguales requerimientos
que los indicados para productos farmacológicos
o biológicos, si correspondieren.
En los casos en que deban especificarse características
físico - químicas de determinados componentes
de la fórmula alimentaria que no se ajusten
a las farmacopeas reconocidas, deberán consignarse
sus propiedades y condiciones físico - químicas,
así como las de seguridad toxicológica y residual.
Art. 10.- Pruebas de calidad.-
Previamente a su inscripción en el Registro, para
probar su calidad los productos químicos farmacéuticos,
biológicos, alimentos zootécnicos, aditivos y
demás de uso veterinario serán sometidos a
pruebas en laboratorios oficiales o en los que
el SESA determine; el solicitante del registro,
costeará el importe de los análisis de laboratorio.
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